Estacionar en la ciudad es una práctica que, tarde o temprano, puede generarnos un problema. ¿Dónde lo dejamos? ¿El cordón está pintado de amarillo? ¿Acá se puede? ¿Hay espacio? ¿Dónde está el parquímetro? ¿Cuánto cuesta la hora? Estos son sólo algunas de las tantas preguntas a las que podemos enfrentarnos frecuentemente.
Cuando compramos un auto, lo hacemos por gusto, necesidad o comodidad. Como mencionamos en nuestra nota sobre los medios de transporte de los argentinos, contar con un vehículo para trasladarnos es de gran ayuda, pero al momento de manejar en la ciudad puede traernos dolores de cabeza… ¡y ¡grandes multas!
Sin embargo, también hay muchas personas a las parece no importarle las reglas. Cuántas veces habremos visto autos estacionados en doble fila, donde hay una rampa para discapacitados, o incluso en un espacio reservado para una escuela, iglesia u hospital.
En la Ciudad de Buenos Aires, durante el 2017, un 88% del total de multas de tránsito correspondió a mal estacionamiento, las cuales incluyen doble fila, obstrucción de paradas de micros, ochavas, rampas para personas con movilidad reducida, garajes, espacios reservados a carga y descarga, escuelas u hospitales. Esto posiciona a este tipo de multas como la falta más recurrente en la ciudad.
Reglas generales de estacionamiento
En la Ciudad de Buenos Aires están vigentes las siguientes reglas generales de estacionamiento (a menos que esté señalizado lo contrario en la vía pública):
- Calles con único sentido: Está permitido estacionar vehículos junto a la acera derecha todos los días, durante las 24 horas. Queda prohibido estacionar junto a la acera izquierda todos los días, durante las 24 horas.
- Calles con sentido doble: Está permitido estacionar junto a la vereda derecha todos los días, las 24 horas.
- Avenidas con único sentido: Sólo está permitido estacionar vehículos junto a la acera derecha, todos los días, durante las 24 horas. Está prohibido estacionar junto a la acera izquierda durante los días hábiles, de 7 a 21 horas.
- Avenidas con sentido doble: Está prohibido estacionar vehículos junto a ambas aceras, los días hábiles de 7 a 21 horas.
¿Dónde está prohibido estacionar?
Conocé las prohibiciones generales de estacionamiento publicadas por el Gobierno de la Ciudad y evitá cometer infracciones:
- Las siguientes avenidas, durante las 24 horas: 9 de Julio – Perito Moreno – La Rábida – General Paz – Leopoldo Lugones – Intendente Cantilo – Teniente General José Luis Dellepiane – Ingeniero Huergo – Eduardo Madero – tramos afectados por el Metrobus de las avenidas Juan de Garay – Francisco Fernández de la Cruz – Chiclana – Brasil – Coronel Roca – Intendente F. Rabanal – Sáenz, Sánchez de Loria – Almafuerte – Juan B. Justo – Cabildo entre General Paz y Monroe y entre Roosevelt y Santos Dumont – San Martín entre Mosconi y Francisco Beiró – Rivadavia entre Argerich/Quirno y Caracas/ Membrillar – calzadas centrales de Leandro N. Alem, Paseo Colón y Sáenz.
- Zonas exclusivas de transporte público y masivo de pasajeros: En ningún caso la detención puede efectuarse en los sectores de parada de transporte colectivo de pasajeros y taxis, frente a comisarías, cuerpo de bomberos y bancos.
- Cordón pintado de amarillo
- Ochavas
- Rampas para discapacitados.
- Pasajes, en toda su extensión, en ninguna de las aceras.
- A menos de 50 metros a cada lado de los pasos ferroviarios a nivel.
- Aquellos lugares señalizados, según lo determine la norma legal del Gobierno de la Ciudad.
- Sobre las ciclovías.
- Frente a las bocas de entrada de los subterráneos.
- Frente a entradas de locales de espectáculos públicos, en los horarios en que se realicen funciones.
- Sectores de ingreso y egreso de vehículos a la vía pública: Esta prohibición alcanza inclusive el estacionamiento en la vereda opuesta, frente a estos sectores, cuando el ancho de la calzada resulte insuficiente para las maniobras de ingreso y egreso de vehículos. En el caso de poder estacionar junto a la vereda donde está la entrada y salida de vehículos y también el ancho de la calzada resulte insuficiente para maniobrar, la prohibición se amplía un metro de cada lado de la entrada.
- Frente a la entrada de Comisarías y Cuerpos de Bomberos: Esta prohibición alcanza inclusive al estacionamiento en la vereda opuesta, frente a los mismos, cuando el ancho de la calzada resulte insuficiente para las maniobras de los vehículos afectados al servicio.
- En el frente de todo el predio donde funcionen salas velatorias habilitadas según las normas vigentes, entre las 8 y las 22 horas. Tal prohibición no podrá superar los quince metros, aún cuando el establecimiento tenga una longitud mayor.